Essie Landry | 29 de diciembre de 2011
La mayoría de estadounidenses que se acerca a la edad de jubilación recibirá beneficios del Seguro Social. Las estadísticas señalan que el 96 por ciento de las personas en edad laboral tiene cobertura del Seguro Social.
Cuando trabaja y paga impuestos de Seguro Social, usted gana “créditos” hacia los beneficios de Seguro Social. Si nació en el 1929 o más tarde, necesita 40 créditos (10 años de trabajo) para tener derecho a los beneficios por jubilación.
No obstante, la cantidad de su beneficio se determina por cuánto tiempo trabaje y por la cantidad que gane. Mientras mayores sean las ganancias vitalicias, los beneficios serán más altos. Si hubo algunos años en los que no trabajó o tuvo ganancias bajas, la cantidad de su beneficio puede ser menor que si hubiera trabajado constantemente o ganado más.
Además, la edad cuando se jubile hace una diferencia en la cantidad de sus beneficios. La edad en que se pagan los beneficios completos por jubilación ha aumentado gradualmente de 65 a 67 años de edad.
Cualquier persona puede jubilarse tan temprano como a los 62 años de edad, pero si sus beneficios comienzan antes de cumplir la edad plena de jubilación, la cantidad mensual de su pago es reducida.
Así como puede elegir una jubilación temprana y recibir un pago reducido, también puede elegir continuar trabajando pasada su edad plena de jubilación para obtener un pago mayor. Su beneficio aumentará automáticamente por cierto porcentaje desde la fecha en que cumple la edad plena, hasta que comience a recibir beneficios o hasta que cumpla los 70 años de edad.
Cuando decida jubilarse, la forma más fácil y conveniente es hacerlo por internet en la página: www.segurosocial.gov. Allí puede solicitar beneficios por jubilación en alrededor de 15 minutos.
En la mayoría de los casos, no hay que firmar formularios o enviar documentos, solamente presentar su solicitud electrónica. También puede llamar gratis al 1-800-772-1213 (TTY, 1-800-325-0778) o visitar la oficina de Seguro Social más cercana a usted.
De cualquier manera que elija solicitar, asegúrese de tener a la mano la información de su cuenta bancaria para que el Seguro Social pueda establecer que sus pagos sean depositados directamente en su cuenta.
Para más información vea la publicación “Beneficios por jubilación” en: www.segurosocial.gov/espanol/10935.html. EC
Essie Landry es especialista de asuntos al público del Seguro Social en West Los Angeles