Anuncio para padres de hijos con DACA

El anuncio es de vital importancia para quienes están solicitando el perdón I-601A

Por Jéssica Domínguez

Bienvenidos a su columna “Inmigración al día”. En esta ocasión quiero hablar sobre un tema que está afectando a algunos padres de jóvenes beneficiados por la Acción Diferida para Aquellos Llegados en la Infancia (DACA).

¿Qué está pasando?

Los padres de hijos con DACA que tienen el perdón I-601A aprobado aquí dentro de los Estados Unidos para el castigo de los 3 o 10 años, están saliendo a su país de origen para poder procesar su visa de residencia y en el día de la entrevista se les está pidiendo otro perdón en adición al de los castigos de los 3 o 10 años.

¿Por qué?

Cuando los padres se presentan a su entrevista consular y el oficial descubre que el solicitante tiene a un hijo beneficiado por DACA, el oficial determina que el solicitante tiene una falta en adición al castigo de los 3 o 10 años. Esta falta es por haber ayudado a alguien a ingresar a los Estados Unidos sin autorización.

¿Qué dicen las leyes de inmigración?

La carta entregada a estos padres dice: “El Consulado General de los Estados Unidos ha determinado que usted no es elegible para recibir una visa de acuerdo a la siguiente sección de la ley de Inmigración y Nacionalidad 6E (§212(a)(6)(E)): El solicitante alentó, indujo, asistió, incitó y apoyo la entrada ilegal de otro extranjero”. Para la violación mencionada anteriormente la ley de Inmigración y Nacionalidad dicta que se puede registrar otro perdón para esa falta.

¿Qué pueden hacer personas en esta situación?

Las personas con un perdón I-601A aprobado por el castigo de los 3 o 10 años, tienen hijos beneficiados por DACA y que están a punto de salir del país, no deben salir hasta consultar con un experto en las leyes de inmigración. Así podrán asegurarse de que calificarán para el perdón I-601A y que también estarán dispuestos a quedarse fuera del país mientras el otro perdón es aprobado. EC

Manténganse informados acerca de leyes de inmigración en https://jessicadominguez.com/ y en www.youtube.com/jessicadomingueztv.

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Información en esta columna tiene como único propósito brindar información general y no pretende ser una garantía, o predicción respecto al resultado de cualquier representación hecha por Jessica Domínguez. La información no se debe tomar como un consejo legal para algún individuo, caso o situación.

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