Petición de residencia permanente para familiares

Familiares a quienes se puede emigrar

Un ciudadano americano puede llenar una petición de residencia legal permanente para los siguientes familiares:

• Primera prioridad:
Esposo/esposa
Hijos, solteros o casados

• Segunda prioridad:
Padres
Hermanos/as

No hay período de espera en línea en el caso de pedir la residencia para los esposos/as, hijos menores de 21 años casados o solteros y para los padres. En el caso de hijos/as mayores de 21 años, solteros o casados, deberán entrar en un proceso de espera en línea junto con otros solicitantes de su país de origen, hasta cuando les toque el turno. Más largo todavía resulta el proceso para emigrar a hermanos/as, porque ellos también se ubicarán en el grupo de otros solicitantes de su país de origen, y esperarán en un proceso largo que según el país de origen, puede tomar hasta 10 años y más.

Para todos los casos, cuando usted remite la petición se requiere que provea evidencia que pruebe su relación con la persona para quien está solicitando la residencia permanente.

Compromiso del ciudadano/a americano/a

Ante la ley, cada persona que emigra a los Estados Unidos en base a una petición familiar deberá tener un auspicio financiero. Si usted está pidiendo a un familiar con la forma I-130, cuando su familiar emigra, usted debe aceptar ser su soporte financiero, llenando la forma I-864, que es una declaración juramentada de apoyo. Si usted no está en capacidad de hacerlo, alguien más tendrá que adquirir este compromiso.

Para mayor información, visite la página www.immigrationdirect.com

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