Cónyuges de ciudadanos reciben residencia temporal

Cuando un ciudadano americano se casa con un extranjero puede presentar una petición de residencia para su cónyuge extranjero, siendo generalmente un proceso rápido porque según la ley de inmigración son considerados “familiares inmediatos” y no se someten a las cuotas limitadas que contemplan otro tipo de peticiones.

Aunque este proceso parece simple y directo, muchos piensan que es sumamente fácil y que por el solo hecho de casarse con un ciudadano americano obtendrán automáticamente la residencia americana.

No obstante, este proceso es mucho más complicado de lo que parece. Recuerde que nada es fácil cuando se solicitan los beneficios de inmigración de los Estados Unidos.

Debe validar su unión marital

Cuando se solicita la residencia permanente a través del matrimonio, el gobierno validará la relación marital para confirmar de que el matrimonio se efectuó en buena fe y no para obtener la residencia.

Por ello el escrutinio es mayor cuando el inmigrante está recién llegado a los Estados Unidos, se casa y solicita de inmediato la Tarjeta Verde.

La pareja deberá probar que es un matrimonio real presentando documentos como: declaraciones de impuestos, recibos de servicios públicos conjuntos, récord de cuentas bancarias conjuntas, fotografías familiares, certificado de nacimiento de hijo(s), así como otros documentos que comprueben la validez de la unión conyugal.

pareja comprometida


Dos años de matrimonio equivale a una residencia condicional

Si la pareja ha estado casada por menos de dos años la residencia que le otorgarán será condicional y expirará al cabo de dos años.

Esto se debe a que la pareja deberá comprobar que el matrimonio es verdadero y no se efectuó para evadir las leyes de inmigración. Después de dos años la pareja debe presentar una petición conjunta (Forma I-751) para remover la condición de dos años.

Este proceso debe iniciarse 90 días antes del vencimiento de la Tarjeta Verde condicional. Puede consultar a un abogado de inmigración o especialistas en el área.

 

Excepciones a la solicitud conjunta

Hay varias excepciones a la solicitud conjunta. Por ejemplo, si el matrimonio ha terminado en divorcio, fallecimiento del cónyuge ciudadano americano o violencia doméstica, el cónyuge extranjero debe solicitar una excepción a la petición conjunta en cualquier momento antes del término de los dos años condicionales.

Si no se lleva a cabo este proceso, la condición de residente temporal será removida y deberá abandonar el país.
A fin de remover la condición de residente permanente, el cónyuge inmigrante debe comprobar que se encuentra en una de las siguientes situaciones.

categoria venta el clasificado* El solicitante continúa casado con el mismo ciudadano americano o residente permanente después de los dos años

* El solicitante ha enviudado del matrimonio celebrado de buena fe

* El solicitante se casó en buena fe, pero la unión finalizó en divorcio o anulación

* El solicitante celebró un matrimonio en buena fe, pero o bien el cónyuge o su hijo fueron maltratados o sometidos a dificultades extremas por el ciudadano americano o residente permanente

* La finalización de la condición de residente del solicitante causará extremas dificultades.


Actúe a tiempo

Realizar los trámites necesarios antes de que se venza la Tarjeta de Residencia temporal es su responsabilidad. Si no presenta la forma requerida 90 días antes del vencimiento de la residencia temporal, el estatuto de residente condicional terminará automáticamente y usted puede ser sujeto a un proceso de deportación.

Si llena y presenta a tiempo la Forma I-751, el Servicio de Inmigración de los Estados Unidos le extenderá el estatuto de residente hasta que tomen una decisión. Hay pocas excepciones a presentar el formulario I-751 después del plazo de los 90 días.

Obtener la residencia a través del matrimonio con un ciudadano norteamericano puede ser considerada la forma más “rápida” de obtener la Tarjeta Verde. Pero aunque así lo parezca no siempre es un proceso sencillo. El matrimonio debe ser real. Las consecuencias de cometer fraude son extremas.

 

Para más información sobre este tema u otros temas de inmigración visite o llame a la oficina de Cristina Pérez al 818.550.8300.
La información proporcionada es solo una referencia y no pretende servir como consejo legal, ni sustituir la asistencia legal que sólo un profesional del derecho puede proveerle. Si necesita asistencia legal consulte a un abogado especializado en leyes de inmigración u otro tipo de experto.
Cristina Pérez es una prestigiosa abogada de inmigración y un personaje de televisión reconocido internacionalmente. También es fundadora de Pérez González, un bufete de abogados especializado en proporcionar consejería profesional en derecho civil, leyes de inmigración y leyes que involucran a negocios. 

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