El DMV responde a sus preguntas

P: ¿El DMV le proporciona las fotos de la licencia de conducir a los medios o a otras entidades?

R: La póliza del DMV es no distribuir las fotografías de la licencia de conducir a menos que los sujetos sean difuntos y sus parientes hayan sido notificados. En esos acontecimientos, las fotos son divulgadas solamente a las agencias de policíacas y no al público.

P: ¿Quien tiene la preferencia al manejar en una glorieta?

R: Una glorieta es un cruce en el que el tráfico circula alrededor de una isleta central en dirección contraria a las manecillas de un reloj. Los vehículos que estén entrando o saliendo de la glorieta deben ceder el paso a los vehículos, ciclistas y peatones. Al acercarse a una glorieta, disminuya su velocidad conforme se acerca al cruce. Ceda el paso a los peatones y ciclistas que estén cruzando la vía. Esté atento a los letreros y marcas en el pavimento que lo guían o que prohíben ciertas maniobras. Entre a la glorieta cuando haya un espacio libre lo suficientemente grande. Circule alrededor de la glorieta en dirección contraria a las manecillas del reloj. No haga alto o pase otros vehículos. Use las direccionales al cambiar de carril o al salir de la glorieta. Si pierde su salida, continué circulando en la glorieta hasta volver a su salida.

P: Quiero comprar un vehículo de otro individuo, ¿cómo puedo saber si éste no ha sido declarado anteriormente como pérdida total (salvage)?

R: Un vehículo que ha sido reacondicionado luego de haber sido declarado pérdida total se le conoce como “vehículo recuperado”, el cual ha sido destruido o dañado a tal grado que la compañía aseguradora considera poco rentable hacer reparaciones al vehículo y éste no se repara por o para la persona que era propietaria del vehículo cuando ocurrió el daño.

Para saber si un vehículo cae dentro de esta categoría, primero vea el título del vehículo. El título de California contendrá una nota que identifique a este vehículo como un vehículo “recuperado”.  También le informará sobre el número de millas que tenía cuando fue vendido la última vez y quién es el dueño nombrado en el expediente.

Aunque los vendedores y concesionarios de vehículos son requeridos a divulgar el título de recuperación y la historia del vehiculo al venderlo, esto puede ser muy difícil de hacer cumplir, especialmente cuando el vehiculo viene de otro estado.  Si el nombre del vendedor no está en el título, tiene que haber documentación, tal como factura de venta, reporte de venta de la concesionaria de vehículos o el poder especial de un abogado, autorizando a esa persona a vender el vehículo. EC

Para mas información, visite www.es.dmv.ca.gov.
Cortesía de la columna “Pregúntale a George”. Por George Valverde – Director, Departamento de  Vehículos Motorizados de California

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