Crédito disponible para los que compren casa este año

El apoyo del IRS

El Servicio de Impuestos Internos (IRS) ha realizado algunos ajustes para aliviar la carga fiscal a los contribuyentes; uno de ellos va dirigido a ayudar a los que planeen comprar vivienda este año. Recientemente, se dio a conocer que hay un crédito disponible que pueden reclamar (si califican) las personas que compren una propiedad este año, antes del 1 de diciembre, mismo que pueden incluir en su declaración de impuestos del 2008 -que se presenta para este 15 de abril-, o en su declaración de impuestos del siguiente año.

Los que califiquen y adquieran su vivienda en la fecha establecida, pueden obtener hasta $8,000 (en declaraciones conjuntas) ó $4,000 (para personas casadas que presentan su declaración por separado). “Para quienes compran una vivienda por primera vez este año, esta función especial puede poner dinero en sus bolsillos ahora mismo, en lugar de esperar otro año para reclamar el crédito tributario“, dijo el Comisionado del IRS Doug Shulman. “Este importante cambio brinda a los compradores de viviendas calificados dinero en efectivo que no tienen que pagar en devolución”.

Datos sobre la elegibilidad

• Para saber quiénes califican para recibir este crédito, visite www.IRS.gov y busque el Formulario 5405, el cual brinda información adicional acerca de quién puede y quién no puede reclamar el crédito, límites de ingresos, y el pago en devolución del crédito.

• Los contribuyentes calificados no tienen que pagar en devolución el crédito, siempre y cuando la vivienda continúe siendo su hogar principal durante 36 meses después de la fecha de compra.

• La cantidad del crédito empieza a disminuir para los contribuyentes cuyo ingreso bruto ajustado es más de $75,000, ó $150,000 en caso de declaraciones conjuntas.

• Para propósitos del crédito, usted es considerado el comprador de una vivienda por primera vez si usted (y su cónyuge, de estar casado), no fueron propietarios de ningún otro hogar principal durante el periodo de tres años que finaliza con la fecha de compra.

• La ley no afecta a aquellas personas que compraron una vivienda después del 8 de abril de 2008, y antes, o en el mismo 31 de diciembre de 2008. Para estos contribuyentes que están reclamando el crédito en sus declaraciones de impuestos del 2008, el crédito máximo continúa siendo el 10 por ciento del precio de compra. Además, el crédito para compras del 2008 debe ser pagado en 15 cuotas iguales durante un plazo de 15 años, empezando con el año tributario 2010.

Para más información visite www.IRS.gov

Esta columna no pretende sustituir los consejos y ayuda legal que sólo un experto en la materia puede brindar

¿Comentarios? Escriba a: jsanchez@elclasificado.com o llame al: 1(800) 242-2527.

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