Cómo determina el Seguro Social si usted está incapacitado

2. Si su condición médica es grave o severa.?Para calificarlo como incapacitado su situación médica debe ser tan grave que le impida desempeñar actividades de trabajo básicas -como caminar, sentarse o recordar cosas-, por lo menos por un año. Si su condición médica no es tan severa, la agencia estatal no lo considerará incapacitado.

3. Si su condición médica se incluye en la lista de impedimentos.?La agencia estatal mantiene una lista de impedimentos que describe condiciones médicas consideradas tan severas que automáticamente significan que usted está incapacitado según la ley. Si su condición no aparece en esta lista, la agencia considerará su caso para determinar si su condición es tan grave como alguna de las que aparecen en la lista. Si es así, entonces se le considerará incapacitado.

4. Si puede desempeñar el mismo trabajo.?En este punto, la agencia estatal decide si su condición médica le impide realizar el mismo tipo de trabajo que hacía antes. De no ser así, la agencia estatal decidirá que usted no está incapacitado. Si efectivamente, usted no puede hacer el mismo trabajo, la agencia estatal pasará al quinto paso.

5. Si puede realizar otro tipo de trabajo.?Si no puede hacer el trabajo que hacía antes, la agencia estatal investiga si podría hacer otro tipo de trabajo. También se encarga de evaluar su condición médica, edad, educación, experiencia en trabajos previos y cualquier otra destreza que usted tenga y que le sea útil para hacer otro trabajo. Si no puede realizar ningún otro tipo de trabajo, se le catalogará como incapacitado. Si puede hacer otro tipo de trabajo, la agencia estatal decidirá que usted no está incapacitado.

Hay dos formas de solicitar beneficios por incapacidad
1. Por Internet. Visite www.segurosocial.gov; o
2. Por teléfono. Llame al número gratuito 1-800-772-1213. Allí le darán una cita para ir a su oficina local de Seguro Social o para que alguien le tome la solicitud por teléfono. Para personas con impedimentos del habla o del oído, marque gratis al 1-800-325-0778. Asegúrese de llamar de lunes a viernes de 7 a.m. a 7 p.m.

Información cortesía de GobiernoUSA.gov

Esta columna no pretende sustituir los consejos y ayuda legal que sólo un experto en la materia puede brindar.

Para comentarios: jsanchez@elclasificado.com ó 1-800-242-2527.

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