El derecho a una vivienda digna

Sin embargo, el dueño del lugar no es responsable de reparar daños causados por el inquilino, su familia o sus mascotas, por lo que debe ser responsable y cuidadoso con las instalaciones.
Usted debe analizar el acuerdo de rentar y ver qué aspectos de mantenimiento quedan cubiertos para ser reparados por el dueño del edificio, aunque en muchos contratos se menciona que existen arreglos menores que el inquilino hará por su cuenta.

Vivienda inhabitable

La ley de California advierte que existen ciertos defectos que hacen de una vivienda inhabitable. Así, existen averías que suponen un peligro para los residentes del edificio.
Una vivienda puede ser considerada inhabitable si …
• carece de efectiva protección contra el agua y otras condiciones adversas exteriores en su tejado, paredes, ventanas y puertas.
• las tuberías tienen fugas y no cuenta con agua corriente fría o caliente.
• el sistema del gas y electricidad es inadecuado.
• no cuenta con calefacción.
• las áreas comunales están libres de basura, roedores e insectos.
• los contenedores de basura no están buenas condiciones.
• los suelos, pasillos y verjas no son seguros.

Además, las instalaciones en renta deberán contar con:

• un baño que funcione en condiciones, con un lavabo y una ducha   
   o bañera. Estos deberán estar en una habitación ventilada y con  
   privacidad.
• luz natural en cada habitación a través de ventanas con las que pue
  da ventilarse y a la vez tener privacidad.
• una cocina con un fregadero que sea de un material no absorbente.
• sistema anti-incendios en funcionamiento y salidas de emergencia a una calle o callejón sin obstruir. Áreas de almacenamiento, garajes y sótanos no deben contener materiales combustibles.
• las puertas y ventanas del edificio principal y de la vivienda tienen que tener cerrojos en buen funcionamiento.
• los detectores de humo deben mantenerse en buen funcionamiento.
Si usted piensa que las instalaciones en las que habita no están en buenas condiciones, hable con el propietario o gerente del edificio para llegar una solución. En caso de no recibir una respuesta satisfactoria, hable con un representante a la ley o abogado para saber cuáles son sus derechos.

Esta columna no pretende sustituir los consejos y ayuda legal que sólo un experto en la materia puede brindarle.

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