Redacción EC | 24 de enero de 2012
Para aquellos que acaban de adquirir una motocicleta y se preguntan si necesitan un seguro como los automóviles, la respuesta es sí. Basta con consultar la página 35 del código de circulación de California para motoristas, para saber que es obligatorio tenerlo. Además, el conductor debe reportar cualquier accidente que suponga daños superior a los 750 dólares.
De acuerdo a la ley, si un motorista causa daños a él mismo y otros por ese valor, se debe reportar el caso a las autoridades en el plazo de 10 días para evitar problemas.
En cuanto al tipo de seguro, se puede optar por el mínimo que establece la ley o variar según el tipo de moto que tenga. No es lo mismo una Harley Davidson o una Kawasaki de gran cilindrada, que una moto modelo “scooter” de 50 centímetros cúbicos.
Además, si tiene un buen o mal historial tras haber manejado otra moto, eso le puede condicionar a la hora de contratar un nuevo seguro, cuestiones a tener en cuenta para el siguiente paso. EC