Las nuevas leyes del DMV

A partir del 1 de enero entraron en vigor leyes nuevas y cambios a otras existentes en el estado de California

El Departamento de Vehículos Motorizados de California (DMV) tiene varias leyes nuevas o cambios a las leyes existentes que entrarán en vigor el pasado 1 de enero.

Conducir bajo la influencia del alcohol o drogas: Esta ley extiende hasta el 1 de julio de 2017, el proyecto piloto de alcoholímetro (IID) ya existente en los condados de Alameda, Los Angeles, Sacramento y Tulare. El proyecto piloto IID requiere que una persona condenada por conducir bajo la influencia del alcohol o drogas (DUI), instale un alcoholímetro durante un período de cinco meses por su primer delito, 12 meses por el segundo delito, 24 meses por el tercer delito, y 36 meses por el cuarto y subsiguientes delitos. Originalmente el proyecto estaba programado para finalizar el 1 de enero de 2016.

Amnistía de deudas por multas de tránsito: Entre otras cosas, esta ley enmienda el criterio mediante el cual una persona es elegible para el programa de amnistía de deuda por multas de tránsito. Este programa fue aprobado mediante el Acta del Presupuesto 2015/2016. Una persona es elegible para el programa si no ha hecho ningún pago por multas o por fianzas debidas, después del 30 de septiembre de 2015, a una agencia de cobro. La ley también establece que el pago de fianzas, penalidades, cuotas, o una tasación civil, no son requeridas para que el juzgado cancele una multa civil de hasta $300 contra cualquier acusado que no se presente ante el juzgado, sin ningún motivo válido después de haber sido citado.

Auriculares o audífonos: Entre otras cosas, esta ley prohíbe utilizar audífonos o auriculares que cubran, estén sobre, o dentro de ambos oídos mientras se conduce un vehículo motorizado o una bicicleta. Esta prohibición no se aplica a aquellas personas que utilizan audífonos o tapones de protección para los oídos mientras operan vehículos de emergencia autorizados, equipo de construcción o equipo de recolección de basura o desechos.

Vehículos de pedales: Esta ley extiende la definición de los bicitaxis (pedicabs) para incluir vehículos de cuatro ruedas que sean propulsados por pedales, tengan asientos para ocho o más pasajeros, no puedan circular a más de 15 millas por hora, y sean utilizados para transportar pasajeros por paga. Esta ley establece los requisitos relacionados con la autorización local, las calificaciones y entrenamiento del operador, responsabilidad financiera, reporte de accidentes, equipo de seguridad e inspecciones. La ley establece reglas y normas para los “bicitaxis” que permiten que los pasajeros a bordo consuman bebidas alcohólicas, siempre que sea autorizado por una ordenanza o resolución local.

Patinetas con motor eléctrico: Esta ley define lo que es una “patineta con motor eléctrico” y crea restricciones en el uso de dichas patinetas en lugares públicos, ordena que las patinetas cuenten con equipo de seguridad, y autoriza a las ciudades y condados a regularizar su uso. También establece que es un crimen el operar una patineta con motor eléctrico bajo la influencia de drogas o alcohol. Además, la ley establece un mínimo de 16 años de edad para operarlas, requiere que los operadores usen un casco de seguridad, utilicen equipo de seguridad para mejorar su visibilidad durante la noche y limita su uso a calles con límites de velocidad de 35 millas por hora o menos. Los culpables de violar esta ley pueden ser multados hasta por $250.

Bicicletas eléctricas: Esta ley añade una nueva definición de una bicicleta eléctrica al Código Vehicular de California. Una bicicleta eléctrica se define como una bicicleta con pedales completamente funcionales y un motor eléctrico de menos de 750 vatios. La ley crea tres clases de bicicletas eléctricas. Los fabricantes también tendrán que certificar que las bicicletas eléctricas cumplen con ciertos requisitos. Los operadores de bicicletas eléctricas podrán utilizar las calles de una manera similar a la de otros ciclistas, al mismo tiempo que proporciona un nivel de control local si surgen problemas de seguridad en ciertos caminos o veredas públicas.

Requisito de residencia de California: Esta ley requiere que un solicitante para una licencia de manejar o una tarjeta de identidad original proporcione comprobante de residencia de California a partir del 1 de julio, 2016. Con esta ley, el DMV cumplirá con los requisitos de la ley federal. El DMV tendrá que adoptar el reglamento relacionado con el proceso para verificar que el solicitante es residente de California. EC

Para obtener más información sobre las nuevas leyes del DMV, visite www.leginfo.legislature.ca.gov

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